Evaluar y Calificar

¿Se pueden ponderar los CrEv? ¿Hay Cr más importantes que otros?

    Los CrEv, son los referentes para la evaluación de cada área, materia o ámbito. Del logro de los objetivos de la etapa y del grado de desarrollo y adquisición de las competencias.

    Los CrEv son prescriptivos e importantes.

    El establecimiento de los Cr de calificación, a través de los cuales se describirá el grado de consecución de los aprendizajes descritos en los CrEv.

Un CrEv más transversal que disciplinar. ¿Tendrá este CrEv el mismo peso que el resto?

    La normativa de evaluación y calificación de las diferentes etapas educativas establece que todos los CrEv son prescriptivos e importantes.

Para aprobar una asignatura, ¿el alumnado tiene que superar todos los CrEv?

    Algunos CrEv son longitudinales, esto significa que, tienen continuidad a lo largo de toda la etapa educativa. Por tanto, un alumno tiene la oportunidad de adquirir aquellos aprendizajes que no haya alcanzado en un curso determinado en los siguientes:

    La evaluación tiene carácter formativo y continuo, la detección de dificultades en el aprendizaje, debe de ser traducida en medidas de apoyo educativo que permitan al alumnado superarlas desde el momento en el que son detectadas.

¿Hay que trabajar todos los CrEv en cada una de las evaluaciones, aunque sea de manera parcial? y si se trabajan de manera parcial ¿puede adaptarse la rúbrica establecida para estos Cr?

    No es necesario trabajar todos los CrEv en todas las evaluaciones.
    Los aprendizajes contenidos en los CrEv podrán distribuirse a lo largo de todo el curso escolar, en función de la temporalización que se haya establecido en la PD.

    El profesorado deberá programar de manera que, cuando finalice el curso, todos los aprendizajes incluidos en los CE de un área, una materia o un ámbito hayan sido impartidos.

¿Se pueden utilizar como base para la calificación los estándares de aprendizaje evaluables?

    Los estándares de aprendizaje evaluables han sido graduados y contextualizados en la redacción de los CrEv, referente fundamental para la evaluación y la calificación del alumnado.

Aunque los CrEv son el elemento central del currículo de la CCAA, se sigue hablando de estándares de aprendizaje evaluables, ¿por qué?

    Los estándares de aprendizaje evaluables han entrado a formar parte del currículo oficial, siendo los estándares prescriptivos.

    Los CrEv, son el elemento central y los estándares de aprendizaje, se han graduado por curso; contextualizado a la realidad de Canarias; se les han introducido elementos que les aportan una visión competencial.

¿Se pueden ponderar los instrumentos de evaluación para extraer directamente la calificación de la asignatura?

    No. Los instrumentos de evaluación permiten hacer observable la adquisición de los aprendizajes descritos en los CrEv.

    Lo que calificamos no es el instrumento, sino la adquisición de los aprendizajes que evidencian.

¿La calificación del trimestre debe salir de los instrumentos de evaluación o debe haber dentro de los instrumentos un desglose de calificaciones por Cr vinculados a esos instrumentos de evaluación?

    Lo que calificamos son los aprendizajes que evidencian esos instrumentos de evaluación.
    En la fase de diseño, el profesorado deberá establecer qué aprendizajes y competencias se evalúan y califican con los instrumentos seleccionados.

    Un mismo instrumento puede aportar información sobre varios CrEv o sobre varios aprendizajes de un mismo Cr de distintas áreas o materias, así como sobre una o varias competencias vinculadas.

¿Tienen todas las SA el mismo peso para la calificación del trimestre? ¿Y para la calificación final?

    La calificación no se asignaría, a una SA, sino a los aprendizajes del Cr que desarrolle a lo largo del periodo a evaluar.

Si en una evaluación el alumnado realiza una producción (instrumento de evaluación) donde están implicados los aprendizajes del criterio X y luego vuelve a desarrollar en la siguiente evaluación otro instrumento de evaluación que permite obtener evidencias de la adquisición de los mismos aprendizajes del Cr x y lo suspende, si en la tercera evaluación vuelve a trabajarse el Cr y lo aprueba ¿Puede dar por superados los aprendizajes de ese Cr x?

    En la evaluación final el profesorado tendrá en consideración todas las evidencias que haya obtenido cada alumno, con respecto a cada CrEv, a lo largo de todo el curso, y tomará las decisiones correspondientes. A partir de las evidencias, se determinará si los aprendizajes están superados o no.

Si la nota determinante del alumnado es la de la tercera evaluación y el proceso de evaluación es continuo, en el caso de un alumnado que ha suspendido la primera evaluación de un área o una materia, pero ha aprobado la segunda, ¿tiene que aprobar la tercera evaluación de manera automática por ser evaluación continua?

    No. El alumnado tiene todo el curso para desarrollar los aprendizajes de los CrEv y las competencias vinculadas a estos.
    La evaluación del alumnado es continua y formativa, lo que permite contar, en diferentes momentos del curso, con información sobre el proceso de aprendizaje y la detección de dificultades.

    Para recabar la información, se establece la realización de, tres sesiones de evaluación a lo largo del curso; en el caso de la 1ª evaluación, un trimestre; en el de la 2ª, un semestre; y en el de la 3ª, el curso completo.

    La última sesión de evaluación tendrá carácter de evaluación final ordinaria.

Si un alumno ha suspendido la primera evaluación (un trimestre), también ha aprobado la segunda (un semestre), podría suspender la tercer (curso completo). siempre que existan argumentos que justifiquen que la evolución a lo largo del tercer trimestre no ha sido la adecuada y que, al finalizar el curso, se considere que los aprendizajes adquiridos no le permitan alcanzar los objetivos establecidos a través de los CrEv para el nivel o la etapa.

¿Se puede utilizar un examen para calificar?

    Una prueba escrita puede ser un instrumento de evaluación válido, el modelo de prueba que se diseñe debe responder a un enfoque competencial.

¿Se pueden añadir instrumentos de evaluación a lo largo del curso para dar opción al alumnado a subir/mejorar su calificación?

    Si. El profesorado podrá establecer tantos instrumentos de evaluación como estime oportuno.

¿Se puede suspender o bajar la calificación al alumnado por las faltas de ortografía? ¿por faltas de asistencia injustificadas o justificadas? ¿por no llevar la ropa adecuada? ¿por no traer el material a clase, o por no traer las tareas enviadas a casa?

    La calificación del alumnado debe partir de los aprendizajes descritos en el CrEv, así como de las competencias vinculadas a estos Cr.

    No es adecuado otorgar un porcentaje de la calificación global de la asignatura a esos aspectos, no descritos en el CrEv.

    Si el profesorado considera que algunos de estos aspectos son prioritarios para evaluar y calificar al alumnado, podrá incluir el CrEv en el que se trabajen estas cuestiones en todas las SA que diseñe.

¿Se puede suspender al alumnado por no entregar un producto (poner como condición imprescindible que tiene que entregar todos los productos del trimestre) para aprobar? ¿Se puede bajar la calificación por entregarlo fuera del plazo establecido?

    No sería adecuado suspender a un alumno por no entregar un determinado producto.
    
    Tendrá repercusión en la calificación, porque se tendrán menos evidencias para calificar el grado de adquisición de determinados aprendizajes, pero no tiene que implicar que suspenda la asignatura.

    Estos aspectos actitudinales pueden tenerse en consideración si aparecen en la descripción de los CrEv evaluados y calificados a partir de este producto, o en las competencias asociadas, pero siempre teniendo en cuenta que ese aprendizaje se integra en un CrEv que incluye otros aprendizajes.

¿Se puede poner un porcentaje de la calificación a la libreta? ¿y a la actitud?

    No. La calificación del alumnado debe partir, exclusivamente, de los aprendizajes descritos en el/los CrEv, así como de las competencias vinculados a estos Cr.

    Si en los CrEv de los que parte el diseño de la SA no constan estos aprendizajes, no podemos justificar su calificación.

    La libreta, como tal, es únicamente un soporte. Para utilizarla como instrumento, habría que especificar los aprendizajes de los CrEv que va a permitir evidenciar.

¿Cómo se puede utilizar como herramienta de evaluación una ficha de observación directa o sistemática ante un grupo numeroso?

    La observación directa o sistemática. Su éxito va a depender siempre de la adecuación en el diseño de la herramienta utilizada para registrar los datos observados.

    La elección de dicha herramienta, ya sea una lista de cotejo, una escala de valoración, un registro anecdótico, una rúbrica, etc., tendrá que ajustarse al número de aprendizajes que vamos a observar, a la temporalización de la actividad, etc.

Si se trabaja en grupo, ¿Cómo se reparte la calificación de forma individual?

    Trabajar en grupo de manera colaborativa o no, debe haber una evaluación individual, pero también una que valore el resultado grupal y la propia capacidad de trabajar en grupo, si el trabajo en grupo es uno de los aprendizajes a evaluar en el CrEv, se emitirá una calificación individual también de esta capacidad de trabajo en grupo.

    La observación es fundamental para valorar de manera que se evalúen los aprendizajes adquiridos y evidenciados a través del producto del trabajo en grupo, pero también el proceso y la aportación individual de cada componente.

    El profesorado podrá apoyarse en otros instrumentos o herramientas que le ayuden a valorar tanto la parte individual como la colectiva.    

¿Cómo se puede saber si una rúbrica está bien diseñada?

    El profesorado que diseñe sus propias rúbricas, debe partir de los aprendizajes establecidos en los CrEv.

    Si lo que se quiere es elaborar la rúbrica para calificar aprendizajes a través de un determinado instrumento, esta deberá partir de los aprendizajes del CrEv con el que se vincula y se añadirán los graduadores a los aspectos que se deseen evaluar y calificar.

¿Cómo se puede establecer de forma clara la calificación dentro del intervalo de un graduador de la rúbrica?

    Los descriptores de las rúbricas ofrecen una descripción cualitativa del grado de adquisición de los diferentes aprendizajes que se integran en un CrEv. El profesorado, trasladará esta descripción cualitativa a una nota numérica, atendiendo a las evidencias obtenidas para cada CrEv.

¿Se debe contemplar en la calificación del área/materia/ámbito la coevaluación o la autoevaluación?

    El único agente con responsabilidad para poder calificar es el profesorado (Heteroevaluación).
    La valoración que realiza el alumnado (Coevaluación y Autoevaluación) ayuda de cara a la evaluación formativa y al desarrollo de las competencias del propio alumnado (aprender a aprender, procesos metacognición, etc).

    Esta información le puede ayudar en la evaluación formativa y en la evaluación de su propia práctica docente, como reflexión para poner en consideración la transparencia.

¿Cómo se evalúan las competencias?

    Los CrEv son el referente fundamental para la evaluación de las áreas, las materias y los ámbitos, así como para valorar el grado de desarrollo y adquisición de las competencias vinculadas a estos.

    Evaluando y calificando los aprendizajes del CrEv que se está trabajando, se evalúan y califican, asimismo, las competencias con las que estos aprendizajes se vinculan.

    En la sesión de evaluación, partiendo de una mirada compartida entre el equipo docente y el desempeño demostrado por el alumnado en cada asignatura, se consensuará la calificación final de la competencia.

Si en el currículo no aparece una competencia determinada, ¿se puede calificar al alumnado en dicha competencia?

    No. Solo podemos calificar aquellas competencias que se desarrollan a través de los aprendizajes de los Cr del currículo del área, la materia o el ámbito.

    Las competencias se adquieren a través de la contribución de todas las asignaturas del nivel, de ahí que sea una calificación conjunta.

    Teniendo en consideración que la evaluación de las competencias es colegiada, el profesorado, en el momento en el que se vaya a calificar una competencia que no aparece en el currículo de su área, materia o ámbito, se abstendrá de emitir una valoración de la misma.

Si en los CrEv seleccionados en las SA implementadas a lo largo de un trimestre no aparecen todas las competencias, ¿el profesorado puede aportar su calificación a todas las competencias en el seno del área, la materia o el ámbito?

    No. Solo podemos calificar aquellas competencias que se desarrollan a través de los aprendizajes de los Cr que hemos vinculado a la SA.

Si por la metodología, selección de instrumentos de evaluación, etc. se desarrollan competencias que no están vinculadas a los CrEv seleccionados en la SA, ¿se pueden calificar?

    No. Solo podemos calificar aquellas competencias que se desarrollan a través de los aprendizajes de los Cr que hemos vinculado a la SA.

    Lo que sí se puede es completar la SA con la incorporación de un aprendizaje de otro Cr que contenga la competencia que queremos calificar.

Si un CrEv del área, la materia o el ámbito que imparto hace referencia a que el alumnado elabore diferentes tipos de trabajos, orales o escritos, sobre los aprendizajes propios de la misma, pero en ningún momento se vincula el CrEv a la competencia en Comunicación lingüística o se establece la evaluación de aspectos referidos a la valoración de la expresión oral o escrita, ¿se pueden evaluar y calificar estos aspectos?

    En el caso de que en un CrEv en concreto no se haya incluido la valoración de la expresión oral o escrita del alumnado, y no se haya, por tanto, vinculado al desarrollo y la adquisición de la competencia en Comunicación lingüística, NO podrán evaluarse y calificarse estos aspectos.

    Si se quieren valorar, podrán incluirse, en el diseño de la SA, algún otro Cr en el que sí se valoren estas cuestiones.

El alumnado, ¿puede obtener una calificación de "muy adecuado" o un "adecuado" en la competencia en Comunicación lingüística y no superar el área o materia de Lengua Extranjera?

    La decisión sobre el grado de desarrollo y adquisición de las competencias en el alumnado ha de ser consensuada por los equipos docentes en las sesiones de evaluación, ya que se extrae de la distribución de todas las áreas, las materias o los ámbitos del nivel.

¿Por qué se tienen que calificar las competencias cada trimestre?

    La evaluación trimestral de las competencias quedan establecida de manera prescriptiva en las órdenes que regulan la evaluación y la promoción en las distintas etapas educativas.

    Tenemos información actualizada del nivel de logro, permite llevar a cabo la evaluación formativa, detectar dificultades de aprendizaje y reconducirlas, así como mejorar el proceso de enseñanza.

¿Cómo se pueden evaluar y calificar competencias a partir de calificaciones numéricas?

    Los diferentes CrEv del currículo se relacionan con una serie de competencias a las que contribuyen. Para poder evaluar y calificar estos aprendizajes, el profesorado deberá diseñar no solo los instrumentos de evaluación que permitan evidenciar su nivel de logro sino las técnicas y herramientas adecuadas.

    Al finalizar cada evaluación, el profesorado dispondrá de un número determinado de registros que tratará de la manera que estime más adecuada para finalmente valorar el desempeño del alumnado en los aprendizajes trabajados (calificaciones cuantitativas) y en las competencias que se asocian a estos (calificaciones cualitativas).

    En la sesión de evaluación, partiendo de una mirada compartida entre el equipo docente y el desempeño demostrado por el alumnado en cada asignatura, se consensuará la calificación final de la competencia. Tal y como establece la normativa de evaluación y calificación, deberá de existir coherencia entre la calificación que obtenga el alumnado en el área, la materia o el ámbito, y la calificación del grado de desarrollo y adquisición de las competencias.

La calificación de la competencia ¿se puede bajar de un trimestre a otro?

    Durante el proceso de la evaluación continua, el alumnado puede demostrar diferentes grados de desempeño en una determinada competencia. Es al final del curso, en la que evaluación final, cuando el profesorado dispondrá de la información completa para determinar el grado de desarrollo y adquisición de cada competencia.

    En el caso de que este grado se aminore se tendrá que establecer un plan de recuperación de los aprendizajes no adquiridos.

    Las evaluaciones parciales permiten diseñar planes de recuperación que permitan al alumnado superar las posibles dificultades que evidencie.

Si en un trimestre el alumnado utiliza una presentación digital para su exposición, ¿se puede calificar la competencia digital solo por ese hecho?

    Solo se pueden evaluar y calificar los aprendizajes de los CrEv que se están trabajando con la SA implementada, así como las competencias relacionadas.

En la evaluación de la competencia en Comunicación lingüística, ¿tiene igual peso la calificación de Lengua Castellana y Literatura, que las Ciencias Sociales o la Geografía e Historia?

    La decisión sobre el grado de desarrollo y adquisición de las competencias en el alumnado ha de ser consensuada por los equipos docentes en las sesiones de evaluación, ya que se extrae de la contribución de todas las áreas, las materias o los ámbitos del nivel a partir de los aprendizajes de los CrEv trabajados y vinculados con esas competencias.

    No tiene más "peso" ninguna materia en concreto a la hora de evaluar la CL, puesto que es una competencia que se trabaja, se evalúa y se califica en todas las áreas, materias y ámbitos.

¿Existe una herramienta que permita valorar a la vez los CrEv y las Competencias?

    Proideac, permite la evaluación conjunta de áreas, materias y ámbitos y competencias.
    En la sesión de evaluación, el equipo educativo valorará los casos en los que haya disonancias apoyándose en la panorámica.

¿Cómo puede facilitar el profesora que el alumnado recupere los aprendizajes no adquiridos durante el curso?

    La PD, se incluye un apartado dedicado a las estrategias para el refuerzo y los planes de recuperación, se describen los mecanismos para recuperar estos aprendizajes no adquiridos y se especifican medidas de apoyo para el alumnado que haya presentado dificultades.
    El diseño de las SA que componen la PD podrá enriquecerse con acciones concretas que pueden facilitar la recuperación de los aprendizajes no adquiridos para el alumnado que lo requiera.

Respecto a la prueba extraordinaria de septiembre, ¿se tiene que hacer una misma prueba para todo el alumnado del nivel o se puede hacer una prueba personalizada según los aprendizajes no alcanzados por cada cual?

    Las pruebas extraordinarias tienen por objeto ofrecer al alumnado la posibilidad de obtener calificación positiva en aquellas asignaturas no superadas a lo largo del curso, en el proceso de evaluación continua. No pudiendo, personalizarse en función del alumnado que vaya a realizarla.
    Lo que sí puede personalizarse es el plan de refuerzo y de recuperación de los aprendizajes no adquiridos.

En septiembre se juega todo a una prueba, ¿cómo valorar el nivel de los aprendizajes y la adquisición de destrezas o de algunas competencias en el corto espacio de tiempo que lleva esa prueba?

    Tras la evaluación final ordinaria, se elaborará un plan de recuperación de los aprendizajes no adquiridos durante la evaluación continua, que cada docente personalizará en función de las dificultades concretas del alumnado que lo llevará a cabo.
    El alumnado tendrá que superar esta prueba cuyo diseño irá en consonancia con los modelos de evaluación y calificación seguidos durante el curso, debiendo ser lo más competencial posible.

En la ESO, si un alumno ha obtenido una calificación superior a 5 en la prueba extraordinaria de septiembre, en la evaluación y calificación de materias pendientes de años anteriores, ¿puede calificarse la materia con la nota obtenida en la prueba o tiene que tener una calificación de 5 como máximo?

    Un alumno de la ESO puede superar una materia pendiente del curso anterior en cualquiera de las convocatorias, ordinaria o extraordinaria.
    En el caso de que el alumnado se presente a la convocatoria extraordinaria y cuando la materia no sea de continuidad, la calificación será la que haya obtenido en esta prueba, por lo que puede ser igual o superior a un 5.

    En el caso de que la materia sea de continuidad, la norma establece que el alumnado solo deberá presentarse a la prueba correspondiente al último nivel cursado. Si supera la prueba extraordinaria, supera también los niveles anteriores. 

    La calificación obtenida en el nivel actual, que puede ser igual o superior a 5, puede corresponderse con la de la prueba.

Si un alumno ha suspendido una materia en la evaluación final ordinaria de junio y ha demostrado la superación de dos de los CrEv de la materia en el plan de refuerzo y recuperación que le ha preparado el docente, ¿tiene que volver a examinarse de estas cuestiones en la prueba de septiembre, al tener que ser la misma prueba para todo el alumnado?

    Sí. Tal y como se establece en la normativa de evaluación, las pruebas extraordinarias tienen por objeto ofrecer al alumnado la posibilidad de obtener calificación positiva en aquellas asignaturas no superadas a lo largo del curso, en el proceso de evaluación continua. No pudiendo, por tanto, personalizarse en función del alumnado que vaya a realizarla. Aunque el alumnado haya demostrado haber adquirido los aprendizajes descritos en algunos de los CrEv propios de la materia, tendrá que presentarse a la prueba de septiembre y realizarla completa.

¿Cómo se elabora un plan de repetición para el alumnado que no tiene adquiridos los aprendizajes de la materia?

    ESO, si alumno no promociona, seguirá un plan específico de medidas, con orientaciones metodológicas, para recuperar los aprendizajes no adquiridos.

¿Cómo se debe arbitrar la recuperación de un área, una materia o un ámbito cuando se pasa con ella pendiente al curso siguiente?

    El alumno que pasa con módulos pendientes, deberá seguir una serie de medidas de refuerzo y de recuperación de los aprendizajes no adquiridos. Se seguirá un seguimiento de estas medidas y el alumnado, además, deberá superar las evaluaciones de estas.

    La recuperación de la asignatura suspendida no podrá basarse, únicamente, en la superación de una prueba escrita.

¿Si el alumnado aprueba una materia en la primera evaluación, queda automáticamente superada la materia pendiente del curso anterior?

    La evaluación de las materias no superados del curso anterior, se realizará en la sesión de evaluación final ordinaria o extraordinaria, por lo que aprobar un área o una materia en la primera evaluación o en la segunda evaluación NO implica la superación de los aprendizajes pendientes del curso anterior.
    
    En el caso de que se apruebe la evaluación final, ordinaria o extraordinaria, se entenderá que supera también la asignatura pendiente de cursos anterior.

Si un alumno, repite curso y había aprobado algunas de las materias del curso que repite, a la  hora de ser evaluado, si la nota en una de las materias que había aprobado es inferior a la obtenida en el curso pasado, se ha de poner la nota del año pasado o, por el contrario ¿se ha de poner la calificación que ha obtenido en el presente curso escolar?

    Las calificaciones que se tienen en consideración son las del último año cursado.

¿Cómo se evalúa al alumnado de NEAE que tiene adaptación curricular?

    El alumnado NEAE será evaluado según los CrEv de su nivel de referencia competencial, establecido en su documento de adaptación curricular AC, que deberá guardar coherencia con la programación didáctica.

¿Cómo se evalúa al alumnado NEAE que no tiene adaptación curricular?

    El referente para la evaluación, serán los CrEv del nivel que está cursando.

Si un alumno de la ESO tiene referente curricular en la EP y estamos trabajando de forma inclusiva, pero los CrEv desarrollados en el aula no tienen ningún referente en su nivel competencial, ¿qué se debe hacer?: ¿trabajar productos paralelos que sí estén en su nivel competencial o intentar adaptar el producto a su referente curricular, aunque no sean aprendizajes que tuviera contemplados en su AC? ¿Se podrían calificar, en ese caso, estos aprendizajes si no tienen vinculación con ningún CrEv de la EP?

    Con carácter general, se partirá de la PD del grupo en el que el alumnado NEAE está incorporado y, a partir de ahí, se vinculará el aprendizaje del CrEv que se están trabajando en el aula, al CrEv de su nivel de referencia, establecidos en su AC

    Los aprendizajes de los CrEv que se podrán calificar son los de su nivel de referencia, establecidos en su AC.

Si un alumno ha sido derivado a un Programa de la Mejora y el Aprendizaje (PMAR) y su nivel curricular se encuentra en Primaria, ¿cómo se le debe evaluar y calificar?, ¿en función de su nivel curricular o según los CrEv del currículo establecido para el PMAR? ¿Se deben tener en cuenta las adaptaciones curriculares que tenía antes de entrar al PMAR?

    Los Programas de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento se conciben como una herramienta de atención a la diversidad. En el que, el alumnado con NEAE se incorpora a una medida de atención a la diversidad con currículo propio, la calificación obtenida hará referencia a los CrEv recogidos en las programaciones del propio programa, no a los de su nivel de referencia curricular.

    Las adaptaciones curriculares, por tanto, no serán tenidas en cuenta para evaluar y calificar, pero sí pueden servir de referente para los ajustes que sea preciso realizar en las programaciones de aula.

    Para la evaluación del alumnado que curse dichos programas, se tendrá como referente fundamental las competencias y los objetivos de la ESO, así como los CrEv establecidos en los currículos.
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